Qué es arrendamiento?

Los plazos a financiar que otorga la empresa son: en equipo de transporte, (de 12 a 48 meses), en maquinaria, (de 12 a 60 meses), para inmuebles, (de 12 a 84 meses) y mobiliario y equipo de oficina, (de 12 a 18 meses).

 

ARRENDAMIENTO FINANCIERO VS PURO
CONCEPTO A. FINANCIERO A. PURO
Propiedad Fiscal SI NO
Causa Impuesto al Activo SI NO

Detalles de contrato

El arrendamiento financiero se obtiene suscribiendo un contrato de arrendamiento financiero.

Por virtud del contrato de arrendamiento financiero, el arrendador se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, al arrendatario, quien pagará una cantidad de dinero en pagos parciales, que cubrirá el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás accesorios que se estipulen, y adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales:

  1. La compra de los bienes a un precio inferior al valor de adquisición fijado en el contrato. En caso de que no se haya fijado, el precio debe ser inferior al valor de mercado a la fecha de compra, conforme a las bases que se establezcan en el contrato;
  2. A prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una renta inferior a los pagos periódicos que venía haciendo, conforme a las bases que se establezcan en el contrato; y
  3. A participar con el arrendador en el precio de la venta de los bienes a un tercero, en las proporciones y términos que se convengan en el contrato.

En estos contratos intervienen:

  • El arrendador: Puede ser una persona física o moral, obligada a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso al arrendatario.
  • El arrendatario: Es la persona física o moral que tendrá el uso o goce temporal de los bienes adquiridos por el arrendador, pagando por estos la cantidad de dinero pactada en el contrato de arrendamiento.

Las cláusulas más relevantes son las siguientes:

  1. El o los pagarés que el arrendatario firme no podrán tener un vencimiento posterior al plazo del arrendamiento financiero, especificándose en los mismos su origen.
  2. En los contratos de arrendamiento financiero en los que se estipule que la entrega material de los bienes sea realizada directamente al arrendatario por el proveedor, fabricante o constructor, el arrendatario queda obligado a entregar constancia del recibo de los bienes al arrendador y este a entregar los documentos necesarios para que los pueda recibir.
  3. En términos generales la obligación de pago por el arrendador se inicia a partir de la firma del contrato, aunque no se haya hecho la entrega material de los bienes objeto del arrendamiento, salvo que se estipule lo contrario.
  4. Salvo pacto en contrario, el arrendatario queda obligado a conservar los bienes en el estado que permita el uso normal que les corresponda, a dar el mantenimiento necesario para este propósito y, consecuentemente, a hacer por su cuenta las reparaciones que se requieran, así como a adquirir las refacciones e implementos necesarios, siendo responsable de los daños que los bienes sufran por darles otro uso, por su culpa o negligencia, o la de sus empleados o terceros.
  5. Se debe tener mucho cuidado en la descripción de los bienes a arrendar, ya que el arrendador no es responsable de algún error u omisión en el pedido u orden de compra.
  6. El arrendatario no queda liberado del pago de la contraprestación, aunque se dañe o pierda el bien, debiendo cubrirla en la forma que se haya convenido en el contrato, hasta que pague el seguro.
  7. Seguros: Se contratan, a cargo del arrendatario seguros (i) de cobertura amplia sobre los bienes arrendados; (ii) seguro de vida por el que, en caso de fallecimiento del arrendatario, se cubre el saldo insoluto del valor de adquisición de los bienes arrendados; y (iii) un seguro de auto sustituto.

Requisitos de contratación

Además de la solicitud, se requieren los siguientes documentos:

Persona física

  • Copia de recibos de nómina de los últimos 3 meses o copia de estados de cuenta de cheques y/o inversión de los últimos 3 meses;
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses (recibo de teléfono, luz, agua o impuesto predial);
  • Copia de identificación oficial vigente, con foto y forma (Credencial para Votar, pasaporte, cédula profesional o cuenta del Afore);
  • Copia de la constancia de la CURP;
  • En el caso de extranjeros: pasaporte y documentación que acredita la legal estancia en el país.

Si fuera necesario obligado solidario:

  • Balance general con una antigüedad no mayor a 3 meses y relaciones analíticas de las principales cuentas.
  • Copia de estados de cuenta de cheques y/o inversión de los últimos 3 meses.
  • Copia de identificación oficial vigente, con foto y firma (Credencial para Votar o pasaporte).
  • Datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad de los inmuebles que posee.
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses (recibo de teléfono, luz, agua o impuesto predial).

Persona moral

Información general:
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses (recibo de teléfono, luz, agua o impuesto predial).
  • Copia de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (Forma R-1).
  • Copia de la Cédula de Identificación Fiscal.
  • Copia de identificación oficial vigente, con foto y firma, de los apoderados legales.
  • Comprobantes de domicilio de los apoderados legales.

Información financiera:

  • Estados financieros al cierre de ejercicio de los dos últimos años y relaciones analíticas de las principales cuentas (con firma autógrafa).
  • Estados financieros del ejercicio en curso, con una antigüedad no mayor a 3 meses, y relaciones analíticas de las principales cuentas (con firma autógrafa).
  • Copia de la declaración anual de los dos últimos ejercicios.
  • Copia de estados de cuenta de cheques y/o inversión de los 3 últimos meses.

Información legal:

  • Copia del acta constitutiva.
  • Copia de aumentos de capital o modificaciones de estatutos.
  • Copia del instrumento en el que consten los poderes para actos de administración y cambiario de los apoderados legales.

Si fuera necesario obligado solidario:

  • Balance general con una antigüedad no mayor a 3 meses y relaciones analíticas de las principales cuentas (con firmas autógrafas).
  • Copia de la Cédula de Identificación Fiscal.
  • Copia de estados de cuenta de cheques y/o inversión de los últimos 3 meses.
  • Copia de identificación oficial vigente, con foto y firma (Credencial para Votar o pasaporte).
  • Datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad de los inmuebles que posee.
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses (recibo de teléfono, luz, agua o impuesto predial).

Tasas de interés

En los contratos de arrendamiento financiero a contratarse con personas físicas, las tasas de interés ordinarias son:

  1. A tasa fija, es hasta de un 16% anual sobre saldos insolutos del Valor de Adquisición de los Bienes Arrendados, y
  2. A tasa variable, la tasa se calcula sobre una Tasa Base con un margen adicional 9.5 puntos. La Tasa Base será la que resulte mayor en el mes calendario inmediato anterior a la fecha de pago entre las siguientes tasas de referencia: CPP BANXICO, la TASA CETES a 28 días y la TASA TIIE.

Los intereses moratorios se calculan multiplicando por 2.5 la Tasa Base que resulte mayor entre la fecha de incumplimiento en el pago, hasta el día anterior en que se efectúe el pago omitido, aplicada proporcionalmente sobre el monto del pago omitido.

Comisiones

En los contratos de adhesión están previstas las siguientes comisiones:

Apertura: 1.5% del Valor de Adquisición de los Bienes arrendados, menos el abono inicial que a dicho concepto se aplique al momento de la contratación;

Opción de compra: 1.0% del Valor de Adquisición de los Bienes arrendados, menos el abono inicial que a dicho concepto se aplique al momento de la contratación.

Adicionalmente, e independientemente de los pagos parciales del precio del arrendamiento más los impuestos correspondientes, quedan a cargo del arrendatario, entre otros, los siguientes conceptos, que deberá cubrir a quien corresponda, o en favor de la arrendadora si ésta lo hubiere hecho en su momento:

  1. los impuestos, seguros, gastos, honorarios derivados de la celebración, cancelación, ratificación, inscripción o cumplimiento forzoso, sea por la vía judicial o extrajudicial, del contrato de arrendamiento financiero;
  2. las erogaciones efectuadas por concepto de obtención de licencias, permisos y demás documentación y requisitos necesarios para la tenencia y utilización de los bienes arrendados, mencionados en la cláusula octava,
  3. las primas de seguros de cobertura amplia de los bienes arrendados, de vida por el saldo insoluto del valor de adquisición de los bienes al fallecimiento del arrendatario, y de auto sustituto;
  4. las responsabilidades civiles que deriven del uso de los bienes arrendados; y
  5. los cargos por devolución tardía de los bienes en caso de rescisión.

Advertencias

Para el caso de contrato de arrendamiento financiero a tasa fija, Registro de Contratos de Adhesión Núm 0058-426-002535/03-14383-1111

  • "Incumplir con tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios".
  • "Contratar créditos por arriba de tu capacidad de pago puede afectar tu historial crediticio".
  • "El avalista, obligado solidario o coacreditado responderá como obligado principal frente a la Arrendadora".

Para el caso de contrato de arrendamiento financiero a tasa variable, Registro de Contratos de Adhesión Núm 0058-426-002536/03-14384-1111

  • "Al ser tu contrato a tasa variable, los intereses pueden aumentar".
  • "Incumplir con tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios".
  • "Contratar créditos por arriba de tu capacidad de pago puede afectar tu historial crediticio".
  • "El avalista, obligado solidario o coacreditado responderá como obligado principal frente a la Arrendadora".

Para el caso de contrato de arrendamiento financiero a renta fija, Registro de Contratos de Adhesión Núm 0058-426-002534/03-14385-1111

  • "Incumplir con tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios".
  • "Contratar créditos por arriba de tu capacidad de pago puede afectar tu historial crediticio".
  • "El avalista, obligado solidario o coacreditado responderá como obligado principal frente a la Arrendadora".

Modelos de contratos de adhesión

Arrendamiento financiero-Tasa Fija

Arrendamiento financiero-Tasa Variable

Arrendamiento financiero-Renta Fija

Datos de la Condusef

Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF):

Teléfonos: 53400999 y Lada sin costo 01 800 999 8080
Página de Internet: www.condusef.gob.mx
Correo electrónico: opinion@condusef.gob.mex

Unidad Especializada de Atención a Usuarios: unearrenda@value.com

Avenida San Pedro 202 Sur,
Colonia del Valle,
66220 San Pedro Garza García, Nuevo León
Titular: Lic. Gerardo Benítez de la Peña
Teléfono: (81)8153 9511
Correo electrónico: unearrenda@value.com
Página de Internet: www.value.com.mx